El presidente Luis Abinader, por intermedio del Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, depositó ayer tres proyectos de ley, tal como lo anunció en su discurso de rendición de cuentas.
Las iniciativas legislativas son los proyectos de ley de Hidrocarburos, Contrataciones Públicas y regulación de los fideicomisos públicos.
El presidente del Senado, Eduardo Estrella, al recibir los tres proyectos de ley, consideró su conocimiento de “alto interés” para la población dominicana.
Sostuvo que las piezas serán priorizaras e introducidas en las próximas sesiones de las comisiones de Hacienda y Asuntos Energéticos, y garantizó que escucharán a los diferentes sectores de la vida nacional para que puedan salir lo más enriquecidos posible.
El proyecto del sector de hidrocarburos tiene por objeto establecer un modelo de reorganización integral del sector de los combustibles, por lo que introduce modificaciones a la ley número 112-00, del 29 de noviembre del 2000, que establece un impuesto al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo. El virtud del prolongado contexto internacional en ese orden, esa iniciativa establecerá, en la metodología de fijación de precios de los combustibles, elementos de costos basados en criterios de eficiencia y mejores prácticas.
“Hemos dado el paso de traer la modificación y crear la oportunidad de que se debata y ver qué dice la mayoría y dónde se tiene que modificar”, indicó el ministro de Industria y Comercio, Víctor -Ito- Bisonó.También se agregó que entre las modificaciones que introduce esta pieza se establecen ajustes quincenales a los precios de los combustibles, en vez de semanales, se crean mecanismos para fondos en tiempos de inestabilidad; se busca automatizar las estructuras y procesos y se desmontan las exoneraciones de combustibles para sistemas de energía que no estén interconectados.
Además, mitigar el impacto de las alzas de los precios de los combustibles en el mercado internacional, metodología de fijación de precios de los combustibles, y que se establezcan quincenal, en vez de semanal.
Fideicomisos públicos
Mientras el proyecto de ley del régimen aplicable para la regulación de los fideicomisos públicos establece una normativa para la regulación del fideicomiso público, su organización, estructura y funcionamiento, así como su capacidad legal para administrar recursos públicos y proveer, gestionar o ejecutar obras de infraestructura o servicios de interés colectivo.
Contrataciones Públicas
Este proyecto procura hacer más transparentes y ágiles los procesos de contrataciones públicas, establecer el régimen jurídico general y el procedimiento de selección de proveedores por la Dirección General de Contrataciones Públicas para adquirir bienes y servicios comunes y estandarizados de uso frecuente por las instituciones públicas, en los cuales se establecerán precios y condiciones de entrega durante un tiempo definido.
SEPA MÁS
Los combustibles.
El alza del petróleo obliga al Estado a adecuar la legislación vigente, para incorporar normativas acorde a nueva realidad.
Obligación.
Las entidades públicas que estructuren y constituyan algún fideicomiso público, tendrán disposiciones en la ley de aplicación obligatoria.
Contrataciones.
Prohibición absoluta contratar con el Estado para presidente, vicepresidente y sus parientes por consanguinidad o por afinidad hasta el segundo grado (hijos, cónyuge, padres, suegros, yernos y nueras, abuelos, hermanos, nietos y cuñados).