Garantizar que los delitos electorales, como la compra de cédulas para variar la voluntad del elector, no queden impunes, es una responsabilidad compartida, y a la vez un reto que tienen la Junta Central Electoral (JCE), el ministerio público y el Tribunal Superior Electoral (TSE), pues se trata de prácticas ilícitas que han tenido sanción legal desde el 1997, pero nunca han sido castigadas.
Aunque legalmente se atribuye competencia al TSE para conocer los delitos y crímenes electorales, para ello es necesario que sean denunciados por la parte afectada, por el ministerio público, por la JCE o las juntas electorales, según dispone la nueva ley 15-19, orgánica del régimen electoral. Al mismo tiempo, lograr que se judicialice ese tipo de actos en procura de que sean condenadas las personas o entidades responsables, requiere también de un compromiso y un papel activo de los ciudadanos, denunciando a los candidatos, partidos o dirigentes políticos que incurran en ellos.
Venta de votos
Ahora, la JCE ha iniciado la campaña de concientización denominada “Si vendes tu voto, perdemos todos”, con el propósito de motivar a denunciar esos actos para frenar esa práctica.
Sobornar a un elector, en cualquier forma y medio, para inducirle a votar de una manera determinada, conlleva pena de hasta dos años de reclusión y multa de hasta 5 salarios mínimos del sector público, según dispone la ley 15-19.
En la derogada ley 275- 97, del 1997, se contempló un catálogo de crímenes y delitos electorales, y pese a que en cada proceso electoral se han hecho denuncias públicas, nunca han sido perseguidas ni judicializadas.