Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional determinó que no existían pruebas suficientes para condenar a cuatro de los seis implicados en el juicio de fondo del caso Odebrecht. Esos fueron Conrado Pittaluga, los exsenadores Tommy Galán y Andrés Bautista, y Roberto Rodríguez.
Pittaluga, imputado del crimen de complicidad ensobornos en el comercio y la inversión y lavado de activos, fue favorecido con una sentencia absolutoria por el tribunal al entender que no se ha demostrado que haya incurrido en tipo de complicidad en sobornos ni en el ilícito de lavado de activos. Las juezas determinaron que el abogado fue contratado para asesoría legal y consultoría y que su compañía no era oculta.
Asesoría legal “Siempre sabíamos que iba a salir así y nada, agradeciendo a Dios; no podía ser de otra forma, agradeciendo a Dios, a mis abogados, a mi familia…”, expresó Pittaluga al salir de la sala de audiencias.
Andrés Bautista
La otra absolución fue para Bautista, quien era imputado de soborno en la función pública, falsedad en sus declaraciones juradas y lavado de activos. El tribunal determinó que no se presentó ningún documento de prueba que permita determinar que ejerció influencia para aprobar los contratos de obras durante sus funciones. Las juezas indicaron que no hay ninguna evidencia que les permita establecer que incurrió en enriquecimiento ilícito, sino que la procedencia de cada uno de los patrimonios que posee es lícita.
Venganza política
“Le doy gracias a Dios porque después de cinco años y un calvario y un viacrucis, se ha impuesto lo que siempre decía: la verdad…la justicia se ha impuesto en mi caso. Decirle al pueblo dominicano que yo no le he fallado porque yo nunca he estado en la ilegalidad, nunca he estado en actos de corrupción, mi lucha o este calvario fue por una persecución política, una judicialización de un tema político y un acto de venganza”, exclamó el exsenador luego del fallo tras decir que el expresidente Danilo Medina y el exprocurador Jean Alain Rodríguez, deberían de “estar avergonzados” por su actuación.
Las juezas Giselle Méndez, Tanía Yunes y JisellNaranjo declararon la absolución de Galán, imputado de soborno en la función pública, prevaricación, mezclarse con asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público, falsedad en sus declaraciones juradas de bienes, enriquecimiento ilícito y lavado de activos, tras determinar que el mismo no tenía ninguna responsabilidad penal con los hechos imputados.
Tommy Galán
Estas establecieron que el Ministerio Público no ha probado que Galán haya incurrido en falsedad en la declaración jurada ni en enriquecimiento ilícito violentando la Ley 311-14.
“Ojala que el Ministerio Público sea reflexivo ante lo que hoy se ha evidenciado y que no se le ocurra apelar esa decisión. Yo tengo sentimientos encontrados, por un lado me da emoción el devolverle la tranquilidad a mis hijos, a mi mamá, mi papá y mis amigos también… porque qué importo yo en cinco años, quién me repara los daños, a quién le voy a reclamar esto cuando hay consecuencias que solo el tiempo puede cumplirlas”, dijo el exlegislador por la provincia San Cristóbal.
Por igual se declaró la libertad pura y simple de Roberto Rodríguez, acusado de soborno en la función pública, falsedad en sus declaraciones juradas y lavado de activos, al no haber sido probado que el hecho ocurrió o que el imputado participó en él; en consecuencia, las juezas lo descargaron de toda responsabilidad penal.
CLAVES
La sentencia
La lectura de la sentencia emitida por las juezas Giselle Méndez, Tanía Yunes y Jisell Naranjo, se inició pasadas las 3:00 de la tarde de ayer y concluyó tres horas después.
Inicio del escándalo
El escándalo de sobornos de la constructora Odebrecht estalló en Nueva York en diciembre de 2016 cuando la empresa brasileña admitió sobornos en una docena de países para agenciarse obras públicas, incluyendo la afirmación de que sobornó a funcionarios dominicanos por 92 millones de dólares entre los años 2001 y 2014, período que se correspondió con los gobiernos de Hipólito Mejía, Leonel Fernández y Danilo Medina.